Los diputados bonaerenses Facundo Tignanelli y Micaela Olivetto presentaron un proyecto de ley que busca establecer un régimen integral de prevención y regulación de las apuestas en línea en la provincia de Buenos Aires. La iniciativa endurece los controles sobre las plataformas, restringe fuertemente la publicidad, crea nuevas herramientas contra los sitios ilegales y establece aportes específicos para salud mental, clubes de barrio y deportistas de alto rendimiento. “Se tocan grandes intereses, es una pelea que hace falta dar y la vamos a llevar adelante”, afirmó Tignanelli.
El proyecto, identificado como D-3634/26-27, plantea como uno de sus ejes centrales aumentar los controles sobre quienes utilizan las plataformas. Entre otras medidas, establece la verificación biométrica facial al abrir una cuenta y en cada inicio de sesión, además de contemplarla para operaciones como depósitos, retiros y apuestas que superen los montos que determine la reglamentación.
También obliga a cerrar automáticamente la sesión después de 60 minutos de uso continuo e impedir un nuevo ingreso durante la hora siguiente. A su vez, si una persona inicia sesión tres veces dentro de un período de 24 horas consecutivas, la plataforma deberá bloquearle el acceso durante las 24 horas posteriores. La propuesta incorpora además alertas sobre el tiempo y el dinero apostado y herramientas de autoexclusión. 3634-1
El texto amplía, además, los mecanismos para restringir el acceso de personas con problemas vinculados a las apuestas. El cónyuge o conviviente, familiares y el Ministerio Público podrían solicitar ante la Justicia la incorporación de una persona al Registro de Autoexclusión, bajo determinadas condiciones y con intervención profesional.
Otro de los puntos centrales es la publicidad. Las campañas deberán contar con autorización previa del Instituto Provincial de Lotería y Casinos y quedarán prohibidas en la vía pública, el transporte público y otros espacios de acceso público. Tampoco podrán dirigirse a menores de 18 años.
La iniciativa incluso propone un cambio en la manera de denominar a la actividad. Las empresas no podrán utilizar la palabra “juego”, ni imágenes, símbolos o expresiones que presenten las apuestas como una práctica lúdica, recreativa o de entretenimiento. La publicidad autorizada deberá incluir de manera visible la advertencia “Apostar no es un juego”.
También quedarían prohibidos los bonos de bienvenida, apuestas gratuitas, créditos, promociones por recarga, programas de puntos, premios por referidos y cualquier otro beneficio destinado a incentivar o prolongar la actividad.
“Llamarlas juego es una trampa, son lugares donde se realizan apuestas”, sostuvo Tignanelli. Y agregó: “Estas empresas todos los meses sustraen de la economía de la provincia una suma exorbitante, una parte menor de sus ganancias queda en el país ya que más del 70 de las utilidades se giran al exterior. Vienen generando un daño muy grande desde hace mucho tiempo, creemos que es necesario regularlas, controlarlas y hacer que empiecen a pagar”.
En materia de sanciones, el proyecto considera una infracción muy grave que un menor de 18 años participe en apuestas online como consecuencia del incumplimiento o insuficiencia de los controles de identificación y verificación de edad. En ese supuesto prevé la revocación de la licencia como sanción principal.
La propuesta también crea, dentro de la Procuración General bonaerense, una Fiscalía Especializada en Apuestas Ilegales en Línea, que podrá investigar de oficio la explotación de plataformas no autorizadas, incluso cuando los operadores o sus servidores se encuentren fuera de la provincia si la actividad está dirigida al territorio bonaerense.
Además, incorpora al Código Procesal Penal una herramienta que permitiría solicitar medidas cautelares urgentes. Un juez podría disponer en un plazo de hasta seis horas la clausura preventiva de establecimientos, el bloqueo de sitios web, dominios, aplicaciones y cuentas digitales, la suspensión de medios de pago o el retiro de publicidad vinculada con apuestas ilegales.
Uno de los capítulos más relevantes del proyecto está vinculado con el financiamiento. Las licenciatarias deberán realizar un aporte equivalente al 100% de lo que inviertan en publicidad, promoción, patrocinio y acciones destinadas a captar nuevos apostadores. Ese dinero integrará un fondo destinado a políticas de prevención y atención de la ciberludopatía: el 70% será distribuido entre los municipios bonaerenses mediante el Coeficiente Único de Distribución y el 30% quedará bajo administración provincial a través del Ministerio de Salud. 3634-1
A eso se sumará un aporte obligatorio del 3% calculado sobre los premios alcanzados por las apuestas online. De lo recaudado por ese mecanismo, el 85% irá a un Fondo Provincial de Desarrollo de Entidades de Bien Público y Deportivo y el 15% restante financiará becas para deportistas bonaerenses de alto rendimiento. 3634-1
Entre las entidades que podrán acceder a los recursos aparecen asociaciones civiles, clubes de barrio, sociedades de fomento, centros culturales y centros de jubilados y pensionados sin fines de lucro. El dinero podrá destinarse a equipamiento, infraestructura, actividades y gastos de funcionamiento.
“Con los fondos que crea la ley van a poder fortalecerse los clubes, centros culturales y centros de jubilados, que son los lugares donde los vecinos y vecinas de la provincia efectivamente se organizan como comunidad, y que vienen siendo sistemáticamente ignorados y castigados”, señaló Tignanelli.
El legislador añadió que con los nuevos recursos “se financiará la prevención y el tratamiento de las personas con patologías producidas por la actividad y se podrá pagar una beca digna a todos los deportistas de alto rendimiento de la provincia de Buenos Aires”.
En el caso de las becas deportivas, el proyecto establece que podrán cubrir gastos de preparación, entrenamiento, equipamiento, traslados, alojamiento, atención interdisciplinaria y participación en competencias. Quedarán excluidos quienes mantengan contratos de patrocinio, publicidad o representación comercial con empresas de apuestas online, y quien firme uno durante el período de la beca perderá el beneficio.
Finalmente, la iniciativa modifica las condiciones para futuras licencias y exige que las empresas adjudicatarias estén constituidas en la Argentina y cuenten con capital social íntegramente de origen nacional. Para las licenciatarias con participación de sociedades extranjeras, el proyecto dispone además que las sumas correspondientes a esa participación en las utilidades permanezcan depositadas durante 180 días en una entidad financiera del país antes de poder ser giradas al exterior. 3634-1

