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"Frenar la venta del Hipódromo es un triunfo de San Isidro", dijo Galmarini

El juez Josí Abelardo Servin rechazó el planteo de la Municipalidad de San Isidro para levantar la medida cautelar que impide la venta de 43 mil mts2 de espacios verdes del Hipódromo para desarrollar allí negocios inmobiliarios interpuesta a travís de un recurso presentado por la concejal del Frente Renovador Marcela Durrieu.Al respecto, el senador bonaerense Sebastián Galmarini señaló que "este ejemplar fallo judicial es un triunfo de San Isidro. De los vecinos que firmaron, que se movilizaron y que reclaman por cuidar nuestro lugar de la voracidad inmobiliaria y el descuido del Intendente Posse. A diferencia de Massa, que cuando era intendente trabajó en frenar el mega emprendimiento de Colony Park en defensa del Delta, Posse parece no estar comprometido con el cuidado del lugar que muchos elegimos para vivir”. En ese sentido, agregó: “Esperamos que avance en el Senado el proyecto que presentí para declarar al Hipódromo Espacio Verde de Interís Provincial, para resguardar la reserva natural urbana más importante de San Isidro y preservar la calidad de vida de los vecinos, porque está claro que no queremos que ser una comuna más de la Capital Federal".

El Intendente Posse pretende modificar, mediante la Ordenanza 8745/144, el Código de Ordenamiento Urbano (COU) para favorecer la construcción de torres en el Hipódromo.

La concejala Marcela Durrieu, del Frente Renovador, solicitó un medida cautelar que la Justicia aprobó supendiendo dicha Ordenanza. La respuesta del municipio fue pedir el levantamiento de la medida cautelar pero el Juzgado en lo Contencioso Administrativo 1 de San Isidro, a cargo del juez Servin, dictó sentencia rechazando ese pedido.

El fallo de la Justicia afirma que "no habiíndose modificado las circunstancias de hecho y toda vez que de la inspección ocular realizada en autos, no incorpora elemento alguno que permita apreciar un cambio de las condiciones tenidas en cuenta al decretar la resolución cautelar de fs. 924/931, es que el rechazo del planteo de la comuna accionada se impone".

"Estamos cuidando al municipio de sus propios errores, que despuís pagamos todos los sanisidrenses. La ordenanza suspendida por la Justicia no cumplía con los requisitos mínimos establecidos por Ley para aquellos casos donde se compromete el medio ambiente. Carecía del correspondiente estudio de impacto ambiental y del soporte de participación ciudadana, como así tampoco se tuvieron en cuenta la capacidad de infraestructura y servicios esenciales necesarios para la reestructuración urbana que disponía la norma, votada de apuro por el possismo en la última sesión de 2013 del Concejo Deliberante”, explicó Durrieu al momento de pedir la cautelar.

La Ordenanza 8745/144, tampoco "obtuvo el procedimiento legal previsto en el Decreto-Ley 8912/77 que prescribe que todo proyecto tendiente a la reestructuración de centros urbanos debe ser aprobado por el Poder Ejecutivo provincial", sostiene el fallo.

Fuente: www.zonanortediario.com.ar

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