InicioMUNICIPIOSEscobarSe creó el primer cuerpo de policía de tránsito municipal de Escobar

Se creó el primer cuerpo de policía de tránsito municipal de Escobar

Se trata de cuerpo uniformado, no armado, compuesto por agentes municipales, que tiene como objetivo la prevención de infracciones de tránsito, en pos del cuidado de la integridad física de los ciudadanos y transeúntes del Partido de Escobar.
El Intendente Sandro Guzmán dispuso la creación del Primer Cuerpo de Policía de Tránsito Municipal de Escobar, en el marco de la alarmante problemática que implican los accidentes de tránsito. Asimismo, se conformó un nuevo funcionamiento del área operativa de la Dirección General de Tránsito que, a cargo de Marcelo Ronconi, trabajará en un distrito dividido en dos zonas: A y B.

Durante el acto – que contó con la presencia del Secretario de Gobierno, Hugo Cantero; la Sub Secretaria de Gobierno, Viviana Gaitán; y el Jefe de Policía Distrital, Inspector Gustavo Iglesias, se anunció la nueva conformación de la Dirección:

Marcelo Ronconi: Director General de de Tránsito, Transporte y Licencias
Carlos Insaurralde: Director General de Licencias de Conducir
Juan Carlos Parlatto: Director de Tránsito (Inspector General); quien coordinará a los Oficiales Principales que operativamente estarán a cargo de ambas zonas: Jorge Espinosa (ZONA A) y Gustavo Colonna (ZONA B).

Ricardo Gallo – hasta el momento Director General de Tránsito interino, quien estuvo a cargo del área los últimos 3 meses – recordó las palabras del Jefe Comunal al momento de asumir, en referencia al ordenamiento del Tránsito y la Creación de la Policía de Tránsito: “es uno de los proyectos de esta gestión, crear un sistema de prevención urbano que sea nexo entre la emergencia y la autoridad competente”.

Entre las funciones del Cuerpo de Policía de Tránsito, pueden mencionarse las siguientes:
Ordenar y dirigir el tránsito; Ejercer el control del estacionamiento en la vía pública; Prevenir y hacer cesar la comisión de faltas y contravenciones de tránsito peatonal y vehicular; Ser autoridad de fiscalización y comprobación de infracciones a las normas vigentes en materia de tránsito y transporte; Realizar controles y operativos preventivos, ordinarios y extraordinarios y verificación, de conformidad con la normativa vigente; Desarrollar operativos de seguridad vial y ordenamiento del tránsito en ocasión de eventos y movilizaciones en la vía pública; Vigilar y controlar todo tipo de transportes, tanto públicos como privados; Coordinar su accionar con los organismos de la administración central y descentralizada del Gobierno de la Municipalidad de Escobar para promover el cumplimiento de la normativa de tránsito y transporte vigente; Colaborar y coordinar su accionar con los organismos competentes de las diversas jurisdicciones, de conformidad con la normativa vigente; Dar aviso a la autoridad que ejerza las funciones de policía de seguridad en casos de delitos y contravenciones que no sean de tránsito; Actuar como auxiliar de la justicia en los casos que se le requieran, en el marco de sus competencias; Colaborar con los organismos de la Municipalidad de Escobar encargados de la elaboración de la estadística accidentológica y de los mapas de riesgo vial; Contribuir a la mejora de la seguridad vial y de la educación vial, colaborando con los organismos que lo soliciten; Colaborar con las fuerzas de seguridad y los organismos de emergencias en casos de situaciones que incidan sobre el tránsito peatonal y vehicular; Velar por el cumplimiento de las normas vigentes respecto del uso, prioridades y circulación de medios de transporte que garanticen la movilidad sustentable; Garantizar las condiciones de accesibilidad y prioridad, respecto de la circulación en la vía pública de personas adultas mayores y/o con necesidades especiales.

Asimismo, podrán:

Labrar actas contravencionales cumpliendo con lo establecido en el Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires; Labrar actas de comprobación de infracciones cumpliendo con lo establecido en el Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires; Proceder a la detención del vehículo en la vía pública, tanto en caso de que la infracción de tránsito haya sido constatada y al sólo efecto de confeccionar el acta contravencional o el acta de comprobación, como así tambiín para requerir la documentación obligatoria necesaria para circular; Proceder de acuerdo a lo descripto en el Código de Tránsito y Código Municipal de Faltas de la Provincia de Buenos Aires; Adoptar regulaciones transitorias y suspender circunstancialmente el uso de los dispositivos o instalaciones viales, cuando razones de orden y seguridad pública debidamente justificadas así lo impongan; Requerir, en caso de resultar necesario, el auxilio de la fuerza pública para el efectivo cumplimiento de sus funciones.

Fuente: www.zonanortediario.com.ar

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