El juez federal Martín Cormick había sancionado al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por incumplir una medida cautelar que obliga al Gobierno nacional a actualizar los salarios de docentes y no docentes y garantizar los fondos para becas estudiantiles. Sin embargo, este jueves la Cámara habilitó una apelación presentada por el Ejecutivo, lo que abrió una nueva instancia judicial y dejó provisoriamente en suspenso la aplicación de la multa.
La disputa judicial por la Ley de Financiamiento Universitario sumó un nuevo capítulo en medio de la quinta Marcha Federal Universitaria. El miércoles, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, dispuso una multa de $100.000 diarios contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, al considerar que el Gobierno de Javier Milei no había cumplido con una medida cautelar que exige recomponer los salarios universitarios y actualizar las becas estudiantiles.
La sanción fue aplicada después de que el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que reúne a los rectores de las universidades públicas, reclamara medidas concretas frente al incumplimiento de la orden judicial. El magistrado ya había intimado al Poder Ejecutivo a implementar las actualizaciones correspondientes y otorgado distintos plazos que vencieron sin que, a criterio del juzgado, se acreditara su cumplimiento.
En su resolución, Cormick sostuvo que, ante el incumplimiento verificado, correspondía hacer efectivo el apercibimiento dispuesto el pasado 30 de septiembre y aplicar multas diarias al funcionario titular de la Jefatura de Gabinete.
La decisión apuntó directamente contra Santilli por sus responsabilidades en la administración y distribución del presupuesto nacional. El juez también advirtió que el monto de la sanción podría modificarse y que eventualmente podrían incorporarse otros funcionarios si persistía el incumplimiento.
Sin embargo, este jueves la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a un recurso de queja presentado por el Ministerio de Capital Humano y habilitó la apelación del Gobierno contra la intimación que dio origen a las multas.
La nueva resolución fue interpretada como una suspensión provisoria de las sanciones económicas mientras se tramita el recurso. No obstante, el alcance preciso del efecto suspensivo generó distintas interpretaciones jurídicas, ya que la Cámara no se pronunció expresamente sobre ese punto en su decisión.
El tribunal tampoco resolvió si el Gobierno cumplió efectivamente con sus obligaciones ni se expidió sobre la cuestión de fondo vinculada con la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.
Desde el Ejecutivo sostienen que ya se otorgaron aumentos salariales suficientes para cumplir con lo exigido por la normativa. Según los argumentos presentados ante la Justicia, las actualizaciones acumuladas superarían la inflación correspondiente al período que el Gobierno considera alcanzado por la ley.
En cambio, el Consejo Interuniversitario Nacional mantiene su reclamo por la falta de recomposición salarial y la insuficiencia de los recursos destinados al funcionamiento del sistema universitario y las becas estudiantiles.
El conflicto también comprende el decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno había condicionado la implementación de la Ley de Financiamiento Universitario a la identificación de las fuentes presupuestarias necesarias para sostenerla. Cormick declaró inconstitucional esa condición, una decisión que también fue apelada por el Estado nacional.
La controversia judicial se desarrolla mientras las universidades públicas atraviesan una prolongada disputa presupuestaria con el Gobierno y docentes, no docentes y estudiantes reclaman una recomposición de los ingresos y mayores recursos para las casas de estudio.
De esta manera, aunque Santilli consiguió un alivio judicial frente a la multa de $100.000 diarios, la discusión sobre el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario continúa abierta y deberá ser resuelta en las próximas instancias del proceso.

