InicioMUNICIPIOSSan IsidroDurrieu pide una "ley de paridad" para una sociedad "más equitativa"

Durrieu pide una "ley de paridad" para una sociedad "más equitativa"

"Los sistemas de cupos son conceptualmente medidas temporales que se mantienen entre tanto se logre la igualdad política entre hombres y mujeres: el objetivo es alcanzar la paridad política para avanzar en la paridad en la vida; en el mundo el horizonte es la paridad", afirmó Marcela Durrieu, quien fue una de las impulsoras de la Ley de Cupo Femenino que, promulgada en noviembre de 1991, estableció un piso mínimo del 30% de participación femenina en las listas electorales: “La sanción de una ley de paridad significaría avanzar hacia una sociedad más equitativa", añadió."En Argentina, las políticas de gínero de los últimos diez años han aumentado la brecha social entre mujeres, y entre mujeres y hombres: a la tasa de desocupación la encabezan las mujeres, son las más pobres entre los pobres, son el 71% de los ni-ni, no hay jardines maternales donde puedan dejar sus hijos cuando salen a trabajar. La política de equidad e inclusión social más importante es empoderar a las mujeres", asegura la concejal del Frente Renovador en San Isidro.

"La paridad es un concepto que va más allá del concepto de igualdad y a su vez parte de íl. La paridad es una igualdad de resultados, y debe ser activa y estar articulada a la corresponsabilidad entre hombres y mujeres en las tareas públicas y privadas en un esfuerzo por construir un nuevo modelo de convivencia. Tiene una significación más amplia, en virtud de la cual se trasciende lo estrictamente político para intentar revertir las desigualdades existentes entre hombres y mujeres al interior del hogar", explicó Durrieu.

Otro referente del massismo bonaerense, el senador provincial Sebastián Galmarini, presentó un Proyecto de ley para incorporar la participación equitativa entre gíneros para todos los cargos públicos representativos de la provincia de Buenos Aires. El texto de la iniciativa establece que los partidos políticos deberán oficializar sus listas de candidatos respetando para los cuerpos colegiados una equivalencia del 50% por ciento del sexo femenino y otro 50% del sexo masculino, para todas las categorías de cargos, y que las listas deberán cumplir el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexos.

El proyecto de Galmarini está en consonancia con la Constitución Nacional reformada en el 94, que en el artículo 37° dice que "la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizara por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el rígimen electoral".

En la dícima Conferencia Regional sobre la Mujer de Amírica Latina y el Caribe celebrada en Ecuador se firmó el Consenso de Quito (2007), que remarcó la necesidad de establecer la paridad entre los gíneros. En julio de 2010 el Consenso de Brasilia ratificó la vigencia del Consenso de Quito y reafirmó que la paridad es una condición determinante de la democracia y una meta para erradicar la exclusión estructural de las mujeres en la sociedad. Argentina, varias veces pionera en la incorporación de los derechos de las mujeres, firmó ambos compromisos pero no los cumplió.

En el país, solamente tres provincias, Córdoba, Santiago del Estero y Río Negro, han sancionado leyes de paridad, en otras todavía convive el cupo con leyes de lemas o similares que impiden llegar al tercio de las bancas. "En la Provincia de Buenos Aires la ley es de “cupo neutro” que limita a las mujeres al tercer lugar en la lista, y con la dispersión de listas y partidos rara vez se llega al tercio en las bancas de los concejos deliberantes y en la Legislatura", cuenta Durrieu.

Fuente: www.zonanortediario.com.ar

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