Amnistía Internacional presentó una acción judicial contra la comuna por la aplicación de un protocolo municipal que, según denunció, obstaculiza el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo. La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal realizó una conferencia de prensa en San Isidro para visibilizar la situación.
Amnistía Internacional presentó una acción judicial contra el Municipio de San Isidro por la presunta existencia de obstáculos institucionales para acceder a la interrupción voluntaria y legal del embarazo en el sistema de salud local. La organización cuestiona la aplicación de un protocolo municipal que, según denunció, incorpora requisitos y procedimientos no previstos por la Ley Nacional 27.610.
El planteo judicial se conoció en paralelo a una conferencia de prensa convocada por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito – Conurbano Norte, realizada en la sede de la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) de San Isidro. Allí participaron referentes de organizaciones de derechos humanos, profesionales de la salud, sindicatos, docentes, concejales y organizaciones de mujeres y feministas.
Según Amnistía Internacional, el protocolo cuestionado habría sido reconocido por el propio Municipio en el marco de una presentación ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°2 de San Isidro. Para la organización, ese dato resulta central porque indicaría que las barreras denunciadas no responderían a casos aislados, sino a una directiva institucional aplicada en el circuito de atención.
La demanda apunta a que la Justicia ordene al Municipio cesar con las prácticas cuestionadas y garantizar el acceso a la IVE y la ILE conforme a la normativa nacional. Además, Amnistía solicitó una medida cautelar para que los cambios se apliquen sin esperar una sentencia definitiva.
Desde la organización sostienen que el protocolo incumple la Ley 27.610 al establecer pasos previos como consultas psicológicas y con el servicio social, exigir la ratificación de una decisión ya manifestada, modificar el modo de cómputo del plazo legal de diez días y concentrar la atención exclusivamente en el Hospital Materno Infantil, en lugar de garantizarla también en los Centros de Atención Primaria de la Salud.
En ese sentido, advirtieron que estas exigencias podrían provocar demoras injustificadas, afectar la confidencialidad de las pacientes y dificultar el acceso efectivo a la práctica dentro de los plazos previstos por la ley.
Durante la conferencia, Mariela Galassi, representante de Amnistía Internacional, afirmó que durante 2024 y 2025 recibieron “testimonios de personas que enfrentan barreras para acceder al aborto en San Isidro”. Según explicó, esos relatos incluían “demoras indebidas, exigencias de reconfirmación del consentimiento y pasos previos y obligatorios por psicología y servicio social”, requisitos que —señaló— “no se encuentran previstos en la Ley 27.610”.
Galassi sostuvo además que la organización intentó en distintas oportunidades abrir un canal de diálogo con la Secretaría de Salud municipal y con la dirección del Hospital Materno Infantil para conocer los procedimientos aplicados, pero no obtuvo respuesta. Luego, en el marco de una orden judicial, el Municipio habría reconocido que distribuyó entre el personal de salud un “protocolo actualizado de actuación municipal ante solicitud de IVE o ILE”.
“Esto confirma lo que sospechamos: la existencia de un circuito informal e irregular de atención a solicitudes de aborto que obstruye y dilata el acceso a la práctica y pone en riesgo la salud de las personas que lo necesitan”, planteó Galassi.
La representante de Amnistía también cuestionó que el documento no habría sido publicado formalmente ni acompañado por un acto administrativo que lo respalde. Según describió, se trataría de un PDF “sin fecha, sin firma, sin sello, sin identificación de acto administrativo o expediente”.
Otro de los puntos cuestionados es la concentración de la atención en el Hospital Materno Infantil. Para Amnistía, en las primeras semanas de gestación la interrupción medicamentosa puede resolverse en el primer nivel de atención, por lo que limitar el acceso a un único efector reduce la accesibilidad y puede funcionar como una barrera territorial y administrativa.
La organización también advirtió que el protocolo podría colocar en una situación de riesgo a los propios equipos de salud, ya que la Ley 27.610 incorporó sanciones para quienes dilaten injustificadamente, obstaculicen o se nieguen a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados.
En la conferencia también habló Martina Ferreto, integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito – Conurbano Norte, quien cuestionó la existencia de un consultorio denominado “Maternidades Vulnerables”. Según denunció, ese espacio habría sido atendido en sus inicios por personas voluntarias que no formaban parte del equipo profesional de salud y allí se habría brindado información orientada a desalentar la decisión de abortar.
“En dicho espacio, además de regalar escarpines y vírgenes, se desinforma sobre la práctica del aborto con el objetivo de generar miedo, culpa y cuestionar las decisiones de las usuarias para persuadirlas para que cambien de opinión”, afirmó Ferreto.
Por su parte, Daniela Treco, de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir, leyó un comunicado atribuido a trabajadores de la salud de San Isidro. Allí señalaron que, desde 2024, se habría modificado el circuito que existía desde la sanción de la ley, cuando los centros de salud y la maternidad trabajaban de manera articulada para garantizar información, consejería, acceso a medicación, estudios complementarios y métodos anticonceptivos.
“Hoy y desde el 2024 esta situación se modificó completamente”, señalaron en ese comunicado. También denunciaron la eliminación del consultorio de IVE e ILE y presuntas presiones sobre profesionales de la salud para no brindar información ni realizar consejerías.
La presentación judicial de Amnistía Internacional busca que el Municipio garantice el acceso en todos los niveles de atención, se abstenga de exigir pasos previos no previstos por la ley, refuerce la confidencialidad de las pacientes y compute el plazo legal de diez días desde el primer contacto de la persona con el sistema de salud.
Hasta el momento, no se conoció una respuesta pública del Ejecutivo municipal frente a los cuestionamientos realizados por Amnistía Internacional y la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal. La legalidad del protocolo y su compatibilidad con la Ley 27.610 quedarán ahora bajo análisis judicial.

