La Corte Suprema de Justicia resolvió con siete puntos la anulación del "tarifazo" del gas, en el que además obliga al Gobierno a realizar audiencias públicas con entidades que representan a consumidores.
Los ítems son los siguientes:
• Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.
• Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas.
• La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.
• Respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.
• Se mantiene la tarifa social.
• Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.
• Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.
Fuente: www.zonanortediario.com.ar