InicioINFORMACIÓN GENERALActualidadARCA dejará de apelar fallos contra el cobro de Ganancias a jubilados

ARCA dejará de apelar fallos contra el cobro de Ganancias a jubilados

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero modificó su criterio judicial y resolvió no seguir apelando las sentencias que declaran inconstitucional la aplicación del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios, una decisión que se alinea con la doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde 2019.

La medida quedó plasmada en la Instrucción General 4/2026 SDGASJ, mediante la cual el organismo dispuso adecuar su estrategia procesal ante la “reiterada jurisprudencia” del máximo tribunal en causas promovidas por jubilados y pensionados contra el cobro del tributo.

Según consignó la Agencia Noticias Argentinas, la resolución establece que los representantes fiscales no deberán interponer recursos extraordinarios ni recursos de queja ante la Corte en expedientes donde se discuta la aplicación de Ganancias sobre prestaciones previsionales. Además, en los casos en los que esas presentaciones ya hubieran sido realizadas y todavía no estuvieran sustanciadas, deberán desistir de ellas.

El cambio de postura se apoya principalmente en el fallo “García, María Isabel c/ AFIP”, dictado por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019. En aquella causa, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de distintos artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias aplicados sobre jubilaciones, al considerar que en determinados casos el cobro vulneraba el principio de igualdad constitucional.

En esa sentencia, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco remarcaron que “el envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad”. El caso había sido iniciado por una jubilada de 79 años con graves problemas de salud, a quien se le habían aplicado descuentos que llegaban hasta el 31,94% de sus ingresos. La Corte ordenó entonces reintegrar las sumas retenidas.

La instrucción fue firmada el 15 de mayo por el subdirector general de Asuntos Jurídicos de AFIP, Gustavo Heber Paturlannes, y apunta a evitar que el Fisco insista con planteos que ya vienen siendo rechazados de manera sistemática por los tribunales.

El texto también prevé que, cuando las cámaras federales rechacen en forma reiterada las apelaciones del organismo, los representantes fiscales deberán consentir las sentencias sobre la cuestión de fondo y continuar únicamente con las discusiones vinculadas a honorarios y costas. El objetivo, según la propia resolución, es “no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”.

De todos modos, la decisión no tendrá un alcance absoluto. No se aplicará a causas promovidas por asociaciones o colegios que no cuenten con legitimación activa, ni a expedientes en los que ARCA considere que existen circunstancias particulares que podrían modificar el criterio judicial.

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