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San Isidro: La Justicia rechazó cerrar con dinero la causa por abuso sexual contra el concejal libertario Alberto Montes

La Cámara de Apelación y Garantías de San Isidro confirmó por mayoría que el acuerdo económico de 12 millones de pesos alcanzado con la denunciante no permite extinguir la acción penal. Los jueces señalaron que los delitos contra la integridad sexual están expresamente excluidos de ese tipo de soluciones y advirtieron que aceptar el planteo transmitiría “un mensaje de impunidad”.

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro rechazó el intento de cerrar mediante un acuerdo económico la causa por abuso sexual simple contra Alberto Montes, concejal de La Libertad Avanza y parte del oficialismo que responde al intendente Ramón Lanús.

La resolución, a la que tuvo acceso Zona Norte Diario Online, fue dictada el 16 de julio por la Sala II y confirmó, por mayoría, el fallo del Juzgado Correccional N°5 que había denegado la extinción de la acción penal y el sobreseimiento reclamados por la defensa.

Montes había acordado pagarle 12 millones de pesos a la empleada municipal que lo denunció por un hecho ocurrido el 8 de octubre de 2023, cerca de las 4.40, en la base de la Dirección Municipal de Tránsito de Boulogne. Una vez completado el plan de pagos, su defensa solicitó que se considerara reparado integralmente el daño y se cerrara el expediente penal.

Sin embargo, la Cámara determinó que el pago no alcanza para terminar la causa debido a que la acusación es por abuso sexual simple y la legislación bonaerense excluye expresamente a los delitos contra la integridad sexual de los mecanismos de mediación y conciliación penal.

El episodio fue revelado por Zona Norte Diario Online el 30 de octubre de 2023. Montes, que entonces trabajaba como inspector municipal y ya había sido electo concejal, fue acusado de tocarle la cola sin consentimiento a una compañera dentro de una oficina. La secuencia quedó registrada por una cámara de seguridad y muestra también la reacción inmediata de la mujer, que lo golpeó en la cara.

La causa fue elevada a juicio y quedó radicada ante el Juzgado Correccional N°5. En febrero de 2025 se dictó la citación a juicio, pero posteriormente la defensa y la Fiscalía avanzaron con una salida basada en la reparación económica.

El acuerdo estableció el pago de 12 millones de pesos en cuotas. Según surge de la resolución, fue ratificado por Montes, la denunciante y el fiscal interviniente. La mujer también manifestó que había aceptado las disculpas del concejal y que consideraba reparado el daño una vez abonado el monto completo.

Tras finalizar los pagos, la defensa pidió aplicar el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal, que contempla la extinción de la acción por conciliación o reparación integral. El fiscal acompañó el planteo y sostuvo que correspondía finalizar el proceso.

El juez de primera instancia, sin embargo, rechazó cerrar la causa. Consideró que la Ley provincial 13.433 impide aplicar esa salida en expedientes por delitos contra la integridad sexual y agregó que aceptar el acuerdo contrariaría las obligaciones asumidas por el Estado argentino para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres.

La defensa apeló. Argumentó que Montes había cumplido completamente lo acordado y sostuvo que se trató de un hecho “único” y “aislado” entre compañeros de trabajo. También planteó que la conducta investigada representaba la manifestación más leve del delito imputado y cuestionó que, después de permitirse el pago de las cuotas, se rechazara el sobreseimiento.

La discusión dividió al tribunal. El juez Luis Cayuela votó a favor de aceptar el acuerdo, extinguir la acción penal y sobreseer al concejal. Entendió que la voluntad de la víctima había sido expresada libremente, que el fiscal no tenía interés en continuar y que la reparación económica resultaba proporcional a las características del hecho.

El juez Juan Eduardo Stepaniuc adoptó la posición contraria. Señaló que la prohibición legal es expresa y que los delitos contra la integridad sexual no pueden resolverse a través de una reparación económica.

Además, sostuvo que en este tipo de casos resultan aplicables la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. Para el magistrado, extinguir la acción penal mediante el pago de dinero “implicaría minimizar la conducta padecida por la víctima”, además de transmitir “un mensaje de impunidad” que podría favorecer la repetición de hechos similares.

El tercer integrante de la Sala, Leonardo Pitlevnik, acompañó esa postura y formó la mayoría que confirmó el rechazo al sobreseimiento. “La veda legal a la aplicación del instituto es clara y se impone”, afirmó.

De esta manera, aunque Montes pagó la totalidad de los 12 millones de pesos y la denunciante aceptó el acuerdo, la causa penal continúa abierta. La decisión no implica una condena, pero mantiene en pie la acusación por abuso sexual simple e impide que el expediente quede cerrado exclusivamente mediante el resarcimiento económico.

Montes integra el bloque oficialista que responde al intendente Ramón Lanús. Llegó al Concejo Deliberante en 2023 desde el ala radical incorporada a La Libertad Avanza y mantiene un estrecho vínculo político con Carlos Castellano, uno de los principales referentes de ese sector. En la apelación resuelta por la Cámara, su defensa estuvo a cargo del defensor oficial Hernán Rocha.

El concejal asumió su banca el 10 de diciembre de 2023, dos meses después del episodio denunciado. Pese al avance de la causa, continúa formando parte del esquema político que sostiene al gobierno municipal de Lanús. Desde Fuerza Patria impulsaron su remoción del Concejo Deliberante, pero hasta el momento no consiguieron reunir los votos necesarios.

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