La decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de dejar sin efecto la cautelar impulsada por la CGT reactivó la aplicación plena de la ley de modernización laboral aprobada por el Congreso. Con ello, entraron en vigencia modificaciones de fondo que impactan tanto en las condiciones de contratación como en la organización del trabajo y los costos laborales.
El fallo judicial despejó el principal obstáculo que tenía la norma, que había quedado parcialmente suspendida, y habilitó la implementación de más de 80 artículos que introducen nuevas reglas para empleadores y trabajadores. Entre los ejes centrales aparecen el rediseño del sistema de indemnizaciones, cambios en el régimen de vacaciones y la incorporación de herramientas más flexibles para la gestión de la jornada laboral.
Uno de los puntos más relevantes es la creación del llamado “banco de horas”, que permite pactar por escrito entre las partes la compensación de horas extras mediante descansos u otros esquemas, siempre bajo registro formal y respetando límites legales. Este sistema habilita a las empresas a alternar períodos de mayor carga horaria con otros de menor intensidad, sin superar los topes semanales ni afectar los descansos mínimos de 12 horas.
En cuanto a las vacaciones, se mantiene el período tradicional entre octubre y abril, aunque ahora se abre la posibilidad de acordar su uso fuera de esa ventana. Además, se habilita el fraccionamiento en períodos de al menos siete días consecutivos y se establece que los trabajadores deberán acceder a una licencia en temporada de verano al menos una vez cada tres años.
El capítulo de indemnizaciones introduce cambios sensibles: la base de cálculo se limita a la remuneración mensual, normal y habitual, dejando afuera conceptos como el aguinaldo o las vacaciones. A su vez, se fija que la indemnización sea la única compensación por despido sin causa y se implementa un nuevo mecanismo de actualización de créditos laborales atado al índice de inflación más un 3% anual.
La reforma también incorpora el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado por aportes mensuales de los empleadores, y habilita la posibilidad de que los convenios colectivos establezcan sistemas de cese laboral con capitalización individual, que podrían reemplazar la indemnización tradicional si así se acuerda en paritarias.
Otro cambio significativo es la extensión del período de prueba, que pasa a ser de seis meses en general y puede alcanzar hasta ocho meses en empresas pequeñas. Durante ese lapso, el vínculo laboral puede extinguirse sin indemnización, aunque con obligación de registración y aportes desde el inicio.
En paralelo, se eliminan las multas por empleo no registrado contempladas en la Ley 24.013, reemplazándolas por un esquema de incentivos para la regularización. También se avanza en la digitalización del sistema laboral, con registros electrónicos y obligatoriedad de pago de salarios por vía bancaria.
Con la entrada en vigencia de la norma, el nuevo marco laboral comienza a desplegarse en todo el país, abriendo una etapa de cambios que ya generan debate entre sindicatos, empresas y especialistas sobre su impacto real en el empleo y las condiciones de trabajo.