InicioOPINIÓNOpiniónMás Tributos para financiar el Año Electoral de La Cámpora

Más Tributos para financiar el Año Electoral de La Cámpora

La semana no terminó bien para los pilarenses. Se aprobaron el presupuesto y la ordenanza tarifaria para 2023 con la consigna de preparar el terreno para un nuevo plan platita a costa de vecinos y comerciantes. A contramano de lo realizado en otras jurisdicciones y del reclamo ciudadano, en Pilar no se avanzó en la simplificación normativa ni en la reducción de la presión fiscal; por el contrario, se agregan o aumentan conceptos tributarios que impactan sobre la actividad económica, se incrementan los módulos fiscales para el cálculo de los tributos sin conocer en cuanto (ya que depende de un decreto del intendente), se agrega un impuesto solo por la tarea de generar un registro y para esconder la inoperancia del gobierno provincial y, todo esto, con entrada en vigencia esta semana.

La ordenanza tarifaria vigente tiene más de 3.000 conceptos tributarios (o renglones con precios, módulos, alícuotas, etc.) que la tornan complicada, onerosa, ilegible y poco transparente. En síntesis, le sobran 40 hojas. Para 2023 no se propuso simplificar los trámites a vecinos o reducir los costos de habilitación para el inicio de actividades comerciales e industriales, eliminando sellados, formularios, registros, planillas, copias o gravámenes sin impacto relevante en los ingresos municipales.

Para 2023, sin considerar las consecuencias en la actividad económica, en el bolsillo de los vecinos y en los sectores que con esfuerzo están recuperándose del periodo pandémico, el oficialismo camporista aumenta el valor de los módulos fiscales, entre otros, por solicitar copias de informes de expedientes, para la subdivisión de partidas inmobiliarias y para salones de fiesta y predios habilitados con este propósito.

Dichos módulos se duplican en el caso de las confiterías, los locales bailables y para tramitar certificados de libre deuda. Se le suman 10.000 módulos a los mataderos y tareas de faena. Se agregan escalas para los comercios de cercanía, como minimercados, mercados y autoservicios. Y se incorpora una alícuota en base a la valuación fiscal para solicitar informes parcelarios; si es urgente la alícuota por esos informes es el doble.

Cabe mencionar que también se cobra la homologación de convenios en defensa del consumidor, vulnerando el principio de gratuidad. Se agrega el cobro de un anticipo al concepto ya gravado de la tasación de inmuebles; ahora se paga dos veces. Y la tasa de servicios sanitarios deja de cobrarse en pesos para pasar a módulos y sin valor de base; una incógnita que parece despejarse en los recursos calculados para el Presupuesto 2023, donde pasan de 37M para este año a 212M en el próximo.

A este cuadro normativo, del que se mencionan solo algunos agregados y aumentos, se le suma un nuevo tributo que aleja más a Pilar de la media de 20 en el nivel municipal según el informe de IARAF del 2020 y actualizado este año. Ni siquiera es una tasa con alguna contraprestación municipal; excepto la de generar un registro. Nos referimos al oxímoron de la “contribución obligatoria” que grava hasta un 20% de la valorización inmobiliaria a los inmuebles afectados a emprendimientos. La provincia de Buenos Aires traslada de esta manera el financiamiento de un remoto plan de vivienda a los vecinos de Pilar y esconde su ineficacia en saldar el déficit habitacional.

Los valores de los tributos en la normativa tributaria de Pilar se establecen en base a diferentes unidades de medida, lo que dificulta a los contribuyentes comprender de forma clara, cierta y simple cuál es el monto que debe abonar. Sumado a que los valores definitivos los fija el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 385/19 y sus modificatorias en pesos, UVAS, alícuotas y módulos fiscales como ya se mencionó. Para 2023 este último concepto trae una novedad que implica un doble aumento, ya que se eliminó el sueldo básico municipal de la categoría “Temporario Administrativo IV” como uno de los componentes de actualización y solo se considera el índice de precios internos al por mayor publicado por el INDEC.

Pero hay un aspecto aún más irritante del proyecto aprobado la semana pasada. Es su aplicación desde el 1º de diciembre de este año. Los valores que se determinen para 2023 empiezan a correr antes de enero 2023 desconociendo expresamente principios jurídicos. En su articulado establece que los actos y procedimientos pendientes están alcanzados por la nueva normativa afectando, entre otros principios, el de legalidad, de respeto a los derechos adquiridos y de irretroactividad en materia tributaria.

En definitiva, más y peores tributos para que la Cámpora financie el año electoral a costa de vecinos, comerciantes y emprendedores.

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