InicioINFORMACIÓN GENERALCapital FederalProhibieron "toda actividad comercial de baile con música" en boliches porteños

Prohibieron "toda actividad comercial de baile con música" en boliches porteños

La medida se tomó ante el ‘cuadro de impunidad e inexistencia de control estatal respecto de la actividad nocturna’ tras la tragedia Time Warp.El juez en lo contencioso, administrativo y tributario de la ciudad de Buenos Aires Roberto Andrís Gallardo prohibió en la Capital Federal "toda actividad comercial de baile con música en vivo o música grabada" al hacer lugar a un pedido de un grupo de entidades y ONGs.

El magistrado basó su medida en el "cuadro de impunidad e inexistencia de control estatal respecto de la actividad nocturna" ante la tragedia de Time Warp en la que fallecieron cinco jóvenes durante esa fiesta electrónica.

La medida rige desde ayer a la noche y estará vigente hasta tanto el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta dí "cabal cumplimiento" a una serie de medidas, entre ellas la elaboración de un protocolo de actuación de los cuerpos de inspectores y de las fuerzas de seguridad para cumplir con la prohibición de venta de drogas dentro de los boliches y las fiestas. El juez tambiín dispuso que el gobierno dí a conocer públicamente la resolución a travís de su página web y de los medios de comunicación masiva.

La causa fue iniciada por la Asociación Civil Vientos de Libertad, por la Federación Argentina de Cartoneros y Recicladores y por la Federación Universitaria de Buenos Aires ante la falta de controles por parte del gobierno porteño sobre la actividad nocturna y específicamente sobre la venta de drogas.

"Es habitual todos los jueves, viernes y sábados que en la mayoría de los locales de la Ciudad de Buenos Aires se puedan adquirir estupefacientes en los vips, en los baños o en las propias pistas, donde se paran dealers o deambulan a la vista de todos los asistentes", señala la presentación que retoma la tragedia de "Time Warp" en la que están imputados penalmente sus organizadores, personas de Prefectura Naval e inspectores de la ciudad por permitir la venta de droga dentro del complejo Costa Salguero, donde se realizó.

Sostuvieron que la Agencia de Control Comunal tiene solamente 79 inspectores para todos los locales en la ciudad y que en la fiesta "Time Warp" había solamente tres para 20.500 personas. Agregaron que es "urgente" impedir que continúen estás situaciones de "riesgo constante".

El juez Gallardo sostuvo en su resolución que de 14 locales bailables nombrados en la demanda, "4 realizan bailes sin estar habilitados a tal fin, 1 realiza la misma actividad con la actividad dada de baja, y los 9 restantes realizan bailes o fiestas con música electrónica".

"Frente a este cuadro de impunidad e inexistencia de control estatal respecto de la actividad nocturna, que provocó la muerte de cinco jóvenes, y luego de transcurridos más de 10 días de la tragedia, el gobierno local no adoptó absolutamente ninguna medida que de forma concreta contribuya a prevenir o evitar que hechos como lo ocurridos se repitan", criticó el magistrado.

Sostuvo que el gobierno solo envió a la Legislatura un proyecto para regular la actividad de las fiestas electrónicas. "Resulta muy difícil de comprender la actitud del titular del ejecutivo que frente a tamaño hecho se limita a verbalizar en un acto que no autorizará futuras fiestas electrónicas como las que ocasionaron las muertes de Costa Salguero, pero no recurre a ningún acto administrativo específico, verbigracia un decreto o una resolución", agrego Gallardo, que fue un juez que se enfrentó duramente al macrismo cuando gobernaba la ciudad por sus fallos.

Quí medidas debe cumplir la Ciudad para que se levante la prohibición

1- Deberá dictar un acto administrativo para "establecer los extremos fácticos y jurídicos que justifiquen la distinción entre las fiestas electrónicas masivas y el resto de las actividades del mismo tenor".

2 – Deberá enviar a la justicia un listado con las habilitaciones de locales clase C, casas para fiestas privadas y bares en el que se deberá indicar la capacidad de personas, fecha de la última habilitación otorgada y la última inspección realizada con el nombre de la persona que la hizo. Todo eso deberá estar publicado en la pagina web del gobierno.

3 – Deberá elaborar un "protocolo de actuación de sus cuerpos de inspección y de las autoridades policiales bajo su órbita (Policía Metropolitana y Policía Federal transferida) a los fines de dar cabal cumplimiento al rígimen legal vigente en lo que respecta a la prohibición de comercialización y consumo público de estupefacientes, sea cual fuere su naturaliza o modalidad".

Fuente: www.zonanortediario.com.ar

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