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La Ordenanza 7194 de la Municipalidad de Vicente López es un disparate anticonstitucional

La Ordenanza 7194, promulgada por Decreto 4014 de Enrique “Japonís” García, el 17 de octubre de 1990, es –lisa y llanamente- un DISPARATE ANTICONSTITUCIONAL; disparate que sigue siendo aplicado por el actual intendente Jorge Macri, vecino de San Fernando, ex concejal de Lomas de Zamora, imputado en una causa judicial en Capital Federal, ahora intendente de Vicente López, que sueña con mudarse a La Plata para ser Gobernador.Es decir alguien que fue puesto a dedo por su primo Mauricio, a quien no le importa el Partido, ni los problemas del Partido ni los vecinos del Partido, porque está de paso por la zona. Cuando se vaya seguiremos estando nosotros, con la calidad de vida y el medio ambiente destruidos.

El artículo 20 de íste mamarracho, inciso c) señala textualmente: “el propietario frentista es custodio directo de o de los árboles que se dispongan frente a su domicilio… observada alguna anomalía (lesión, rotura, enfermedad, etc.) del árbol, el responsable deberá denunciar la misma, dentro de las 72 hs de determinado el daño. En caso contrario la responsabilidad caerá en forma directa sobre el mismo, siendo pasible de las sanciones que se indiquen en ísta ordenanza… Es obligación del frentista la plantación de los árboles en la acera, de acuerdo a lo definido por la autoridad de aplicación.”

Si no fuera un tema serio que afecta los derechos de los vecinos de Vicente López sería para tomárselo a risa, porque el Japonís García y ahora Jorge Macri dicen lo siguiente:

· La responsabilidad de la municipalidad por los árboles del Partido (casi todos plantados por la misma municipalidad) ahora es de los frentistas,

· Como el frentista ahora es responsable por los árboles, debe denunciar los problemas dentro de las 72 horas,

· En caso contrario la responsabilidad caerá en forma directa sobre el frentista, que será pasible de sanciones.

Es tan ridículo que no soporta el menor análisis, porque hasta se invierte la carga de la prueba. La municipalidad no se hace cargo de su responsabilidad ni hace su trabajo, se lo traslada al frentista, y despuís lo sanciona si no denuncia el problema dentro de los 3 días. Falta solamente el inciso d) ordenando la pena de muerte para el frentista que no “cumpla con su deber cívico/arbóreo”, pena que se efectivizará colgando al desgraciado del frentista del mismo árbol que no supo/no quiso proteger.

Despuís el artículo 21 del mamotreto dice que “la municipalidad debe autorizar la poda o extracción de especies…y que la autorización de extraer árboles sanos que se otorgue implicará la obligación para el propietario de reponer al patrimonio forestal del Partido la cantidad de especies equivalentes por aplicación de una tabla que llega hasta 25 árboles por la extracción de solamente uno de 45 cmts. de diámetro.”

Es inevitable notar que para la municipalidad los árboles “pertenecen al patrimonio forestal del Partido”, y es obvio que el patrimonio forestal del Partido lo debe administrar la municipalidad. Pero ahora resulta que ese patrimonio forestal debe ser repuesto a costo del frentista, que tambiín debe pagar el ABL. Alguna vez escucharon algo más ridículo ? Cuánto cuestan 25 árboles ? Yo comprí unas plantas bien chiquititas y me costaron 100 mangos cada una !!!

Como además vivimos inmersos en una burocracia infame, donde los funcionarios municipales son “fruncionarios municipales”, porque andan todo el día con la cara fruncida y sintiíndose muy importantes, la Ordenanza tambiín establece que los ejemplares repuestos integrarán el “Fondo de Recuperación y Mantenimiento del Arbolado Público y Espacios Verdes (F.R.M.A.P.E.V.)”.

Una joyita, creado el F.R.M.A.P.E.V. se nombra al Honorable Secretario General de Recuperación y Mantenimiento del Arbolado Público y Espacios Verdes, y se lo acompaña con una troupe de burócratas que no hacen nada pero cobrar todos los meses los sueldos que pagamos los Vecinos.

El capítulo octavo de la Ordenanza se refiere a “procedimientos y autorizaciones”, y señala –entre muchas otras tonterías- “que hay que presentar un pedido por escrito en mesa de entradas de la municipalidad con ubicación y número de especies a tratar, causas que motivan el pedido, etc. Despuís la “dependencia interviniente” –que no se sabe cuál es- aconsejará a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos autorizar o denegar el mismo”. Mientras se efectivizan todos ístos pasos burocráticos el árbol se vino abajo, destruyendo dos autos, y el vecino tiene que salir corriendo a comprar los 25 árboles antes que lo pesque un inspector municipal.

Ahora bien, supongamos que el pobre frentista tiene la suerte de que la dependencia interviniente y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos finalmente deciden aprobar el trámite. Ahí hay que salir rajando a depositar la guita en la Municipalidad, de acuerdo a la “Ordenanza Fiscal vigente”, en el caso de que el atribulado frentista quiera que el trabajo sea realizado por la misma municipalidad.

Ordenanza Fiscal vigente a marzo del 2013: extracción hasta $ 15.000 por árbol, corte de raíces $5.000 y reparación de veredas $ 500 por metro cuadrado de baldosas. Despuís el tipo debe reponer, obviamente, los 25 árboles, y agradecer que la municipalidad se haya ocupado del asunto.

Ahora una de las partes más jocosas: “Finalizado el trabajo el frentista deberá avisar dentro de los próximos quince (15) días de terminado el mismo al organismo de aplicación (que tampoco se sabe cuál es)”. O sea que estamos obligados a llamar a la municipalidad para que saque el árbol y, cuando vemos que los muchachos terminaron el trabajo, tenemos que llamar a la municipalidad para avisarle que el mismo ha sido concluido. Pareciera que el amigo Macri no tiene demasiada confianza en su personal y le impone a los frentistas una nueva obligación de controlarlos, para por lo menos saber cuando terminan un trabajo, por donde andan y quí carajo están haciendo.

La otra posibilidad es que el trabajo lo realice una empresa privada pero, eso sí, “contratada por la Municipalidad de Vicente López a tal efecto en licitaciones u otras contrataciones”. Cómo en otras contrataciones ? La obligación de la municipalidad es realizar todas las contrataciones por licitación, lo contrario huele a corrupción.

Lo último es el rígimen sancionatorio: “toda transgresión a ísta ordenanza será considerada previamente por la autoridad de aplicación (???)… los actuados con el correspondiente informe y acta de infracción serán derivados a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para que, a juicio de los jueces de faltas, se sancione de acuerdo a la gravedad del caso”.

Bueno, no olvidemos que en la Municipalidad de Vicente López el Poder Judicial (Juzgados de Faltas) depende del Poder Ejecutivo (Intendente), por lo cual no se cumple el principio republicano de división de poderes, y cualquier decisión de un Juez de Faltas Municipal –que en realidad es un simple empleado recaudador para la municipalidad- es apelable ante la Justicia en serio. Y si un solo vecino apela ante la Justicia Civil, el cartón de naipes de la ordenanza se cae al instante.

En fin, una verdadera payasada de la municipalidad, donde se afectan muy seriamente los derechos constitucionales de todos los vecinos de Vicente López, y donde la municipalidad se lava las manos de un problema que es pura y exclusivamente suyo. Ojalá Jorge Macri piense por 10 minutos en el tema y derogue de inmediato íste disparate heredado de la administración anterior.

Se puede participar del pedido de derogación comunicandose con [email protected].

EXPTE N° 0202/2014
INICIADOR: BERTEZZOLO
MOTIVO: SOLICITA SE DEROGUE LA ORDENANZA N° 7194 RELACIONADA CON INTERES PUBLICO DE LOS ESPACIOS VERDES DEL PARTIDO (JORGE BERTEZZOLO)
ENTRADA: 18/03/2014

Fuente: www.zonanortediario.com.ar

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